noviembre 26, 2024
ARTÍCULO
BORRADO DE FEMINICIDIOS: UNA ESTRATEGIA DE INVISIBILIZACIÓN
- En 2018, se decretó la AVGM, desde entonces han ocurrido 900 asesinatos violentos contra mujeres más
- Existe un pacto que no favorece a las mujeres
Por: Citlalli López, Rocío Flores y Soledad Jarquín/Red de Mujeres Periodistas de Oaxaca/Fotografía: Citlalli López
Las estrategias fallidas para garantizar la vida libre de violencia contra las mujeres y en específico para prevenir, sancionar y erradicar el feminicidio han llevado a las autoridades a realizar otro tipo de maniobras para abatir las cifras: el borrado de feminicidios.
De acuerdo al comparativo la gran mayoría de asesinatos violentos de mujeres no son investigados de acuerdo con los protocolos establecidos en normativas estatales, nacionales e internacionales, eso explica la disparidad existente entre las estadísticas de organizaciones no gubernamentales y el informe oficial del el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) enero de 2024 a septiembre de 2024.
En 2018, hace más de seis años, se decretó la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Oaxaca, mecanismo para que los organismos del estado cumplan medidas urgentes para proteger la vida de las mujeres frente a la violencia, a la fecha se contabilizan otros 900 asesinatos violentos de mujeres en la entidad.
El secretariado presenta en su informe de enero a septiembre de 2024, que en esta entidad se han iniciado 11 carpetas de investigación por presunto delito de feminicidio, lo cual contrasta con las cifras de la base de datos de la organización Consorcio Oaxaca que reporta en ese mismo periodo 77 casos. Mientras la organización GesMujer -entre el 1 enero al 25 de septiembre de 2024- registra 71 mujeres asesinadas.
Para explicar esta disparidad en las cifras y cómo están integrando los casos, solicitamos una entrevista con el fiscal Bernardo Rodríguez Alamilla, pero nunca respondió a nuestra solicitud ni a las preguntas que se le plantearon por escrito.
Este trabajo periodístico documenta cuatro casos que exhiben cómo las autoridades incurren en borrado o invisibilización de los casos de feminicidios
Alma Itzel: un feminicidio oculto e impune
Alma Itzel tenía 21 años. El 3 de noviembre de 2020 fue reportada como desaparecida en la localidad de Victoria de Santa Cruz Itundujia, en la Mixteca oaxaqueña. Cuatro días después fue localizada sin vida y con signos de violencia. Su asesinato no alcanzó ni siquiera a ser parte de las estadísticas de feminicidios.
Procedente de Tijuana, la joven había regresado a Santa Cruz Itundujia, su lugar de origen, con motivo de las fiestas de Todos Santos. El 2 de noviembre su amigo Javier la invitó a la comunidad de Victoria a la que también asistieron Arturo y Nicanor, primos de Javier.
Itzel informó a su madre que regresaría la mañana del 3 de noviembre, pero no ocurrió así. Al perder contacto con ella, su madre Mayra García presentó una denuncia el día 4 de noviembre por su desaparición.
Después de que su madre hizo la denuncia, Javier declaró que la joven había regresado a casa en moto en compañía de Nicanor.
Itzel fue localizada sin vida el 7 de noviembre del mismo año, en un río de la comunidad de Zaragoza Santa Cruz Itundujia. De acuerdo con especialistas consultados, al menos cuatro elementos de los siete que contempla el protocolo de feminicidio eran evidentes en el cuerpo de Itzel. Pero el Ministerio Público había clasificado el caso como desaparición forzada por particulares.
Tres años después, el 28 de febrero de 2023, se ejecutó la orden de aprehensión y la audiencia inicial contra Nicanor. Durante ésta, la jueza de control de Tlaxiaco negó la vinculación a proceso porque consideró que no había elementos para acreditarlo.
Dijo que no se acreditaba el delito, debido a que el cuerpo había sido hallado, aunque sin vida, Itzel había aparecido. El detenido logró su libertad. Jurídicamente el caso quedó cerrado, invisible e impune.
Su argumento fue que el delito de desaparición forzada por particulares el verbo es que desaparezca, oculte a una persona, es decir se desconozca su paradero y en este caso, se encontró, muerta, pero se encontró.
Además, bajo el principio non bis idem, que señala que un sujeto no podrá ser sancionado dos veces por la comisión del mismo hecho, a Nicanor ya no se le pudo imputar el delito de feminicidio. Jurídicamente el caso quedó cerrado. Él está en la cárcel por el homicidio de otra persona.
Miriam Velasco, abogada litigante integrante del Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas (CEDHAPI) explica que el de Itzel no es un caso aislado, aunque la ley general de víctimas señala que los delitos de este tipo deben tener una investigación pronta, con un enfoque diferenciado, no ha sido así en varios casos de feminicidios.
Feminicidio de Vianney
Con la experiencia del caso de Alma Itzel, se evitó que el feminicidio de Judith Vianney enfrentara al mismo desenlace.
Judith Vianney de 29 años de edad, desapareció el 22 de octubre después de salir de su turno laboral en el Hospital Regional Presidente Juárez del ISSSTE de la capital oaxaqueña. Fue hallada sin vida el 2 de noviembre de 2024.
El 5 de noviembre de 2024, durante un receso de la audiencia de formulación de imputación, los abogados y familia de Vianey recibieron una llamada de la Vicefiscal de Atención a Víctimas de la Fiscalía de Oaxaca en la que les pedía aceptar que se imputara desaparición forzada por particulares bajo el argumento de ganar tiempo para poder tener las periciales y luego reclasificar a feminicidio.
La funcionaria aseguró que jurídicamente no tenían manera de acreditar el feminicidio incluso aseguró que el caso podría caerse y el detenido quedar en libertad. CEDHAPI y la familia no lo aceptaron y pelearon para que se imputara feminicidio.
“Pareciera que estamos jugando, mendigando favores o mendigando la justicia, mendigando algo de lo que ellos tienen la responsabilidad”, dice la abogada de la familia.
Existe un pacto que no favorece a las mujeres
Por casos como estos, el delito de feminicidio goza de impunidad e invisibilidad ante un pacto no dicho que perjudica a las mujeres, además de generar un terror generalizado en las mujeres que manifiestan su inconformidad y están expuestas a las represalias del Estado, sostiene la abogada litigante y presidenta de Luna de Sur, Erika Lili Díaz Cruz.
Decir que ocurren muchos feminicidios, explica, implicaría que no están haciendo adecuadamente su trabajo y es cierto. Hay un evidente incumplimiento a los principios establecidos en la Constitución, dice en referencia a los Artículos 1, 20 y 21 que establece principios fundamentales que deben ser aplicados en el sistema penal acusatorio adversarial, como el principio de progresividad que ofrece el delito de feminicidio y favorecen al inculpado, a quien sí se le aplica la presunción de inocencia.
“La Fiscalía no tiene la infraestructura adecuada, el personal carece de especialización y capacitación idónea, no hay agentes estatales de investigación insuficiente, hay tres fiscales para feminicidio, no están equipadas ni con chalecos, no tienen sesiones de análisis de los casos, no pueden darse ese lujo porque no tienen tiempo, no hacen análisis de contexto que implican estudios antropológicos, sociológicos y criminalísticos desde una perspectiva de género”.
¿Entonces cómo hacer que la gente piense que sí está segura? Mintiendo, diciendo que no es cierto que hay tantos feminicidios, tampoco hay sentencias y no porque sea real que no hay feminicidios sino porque el Ministerio Público no hizo bien su trabajo y las personas juzgadoras encuentran una razón para no responsabilizar a los imputados.
Por otra parte, las personas juzgadoras siguen con la misma tendencia a manejarse como el antiguo sistema penal: dicen dame los hechos, los derechos y yo haré justicia, cuando están obligados a respetar el parámetro constitucional de derechos humanos y del debido proceso legal en el feminicidio. Así como a dar cumplimiento a estándares internacionales definidos por sentencia, opiniones consultivas, jurisprudencia internacional, los señalamientos que ha hecho la CEDAW en las recomendaciones 133 y 139 y otros comités internacionales específicos para México en materia de justicia para mujeres, incluyendo protocolos internacionales como el de Estambul, Minnesota y el Latinoamericano de Feminicidio.
Sin embargo, prefieren tergiversar la categoría de género para defender a los imputados y están adoptando conductas de suplencia en la deficiencia de la defensa y eso es ilícito, pero si lo hacen justificándose en derechos del imputado, sin hacer el mismo razonamiento para los derechos de la víctima, por ejemplo, el de máxima protección y el derecho a la vida libre de violencia, contrapeso a la presunción de inocencia.
Otro caso es el de Julia, de 70 años asesinada en Santa María Guienagueti, presuntamente por robarle el dinero del programa federal Sembrando Vida, sin embargo, el caso fue investigado como homicidio doloso y robo agravado, “lo que operó aquí fue un prejuicio de género, porque la mataron por viejita, porque vivía sola y le querían robar, cuando debieron hacer una debida investigación por feminicidio”, expone Díaz Cruz.
A los ejemplos anteriores, se suma el “suicidio” de Janeth, joven empleada de un restaurante cuyo caso no se investigó como feminicidio y se aceptó como un suicidio, luego de que fue encontrada en su propia habitación colgada, pero con las rodillas sobre el piso, dice la también abogada Bárbara García Chávez.
De acuerdo con testimonios de personas cercanas a la víctima, ella había discutido con su pareja en su trabajo delante de sus compañeros de trabajo, un restaurante ubicado en Santa Lucía del Camino. Los testigos describieron al novio como violento y controlador.
Al salir del trabajo, sus compañeras y compañeros la invitaron a salir un rato al centro de la ciudad de Oaxaca, regresó a su casa en la madrugada. La dueña de la vivienda aseguró que el novio tenía llaves de la casa y que lo había visto en el lugar. Al no presentarse en su trabajo y no responder las llamadas al día siguiente, acudieron a su domicilio, con ayuda de la dueña entraron y la encontraron muerta. El personal de la Fiscalía llegó hasta por la tarde. Ella vivía sola, su familia era de otra entidad, por lo que sus amistades no pudieron dar seguimiento al caso, ya que no eran familiares directos.
Otra forma de borrado de feminicidios es el sobreseimiento o cierre de las carpetas de investigación, lo que evidencia falta de capacidad de investigación y hasta autonomía de la Fiscalía, sostiene García Chávez, quien, como Díaz Cruz, sostiene que hay una sistemática negativa a realizar investigaciones como lo establece la normativa nacional e internacional, y en cambio persiste el prejuicios y los estereotipos entre el personal de la Fiscalía responsables de investigar y el sistema que está obligado a impartir justicia que enfrenta deficiencias para desarrollar el trabajo, aunado a una enorme cantidad de actos de negligencia que conllevan a perpetuar un crimen de Estado al no garantizar la igualdad ni la justicia para las víctimas generando impunidad y la pretensión de invisibilizar este fenómeno social.
Estas son las cifras que documentó la Red de Mujeres Periodistas de Oaxaca con base en los reportes del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que a su vez integra la información con datos de la Fiscalía del estado.
Carpetas de investigación por presuntos feminicidios
36 en 2020
43 en 2021
40 en 2022
39 en 2023
La tendencia a la baja comienza en el segundo semestre del año en donde sólo se registraron 9.
11 de enero a septiembre de 2024.
En contraparte, Consorcio reporta 77 casos probables de feminicidios, que debían investigarse y descartarse con la investigación
Desde 2004, esta organización ha realizado el recuento de la violencia feminicida en Oaxaca a través de una revisión hemerográfica realizada a partir de dos de los principales diarios locales: Noticias. Voz e imagen de Oaxaca y El Imparcial, a ellos se suman las notas que aparecen en los diarios electrónicos y los datos de las páginas de instancias gubernamentales como la Fiscalía General del Estado de Oaxaca y casos que algunas organizaciones de la sociedad civil acompañan, en acuerdo con las víctimas deciden compartir.
Con la información de todas estas fuentes, la organización feminista documenta hasta el mes de septiembre de este año 77 casos probables de feminicidios.
Pero muchos de estos informes, señala Consorcio, son descalificados por las instancias gubernamentales porque ponen sobre la mesa la gravedad del fenómeno de la violencia feminicida.
Por otra parte, de acuerdo con el seguimiento hemerográfico del Centro de Documentación del Grupo de Estudios sobre la Mujer “Rosario Castellanos” (GESMujer), basado en los principales diarios de Oaxaca, impresos y digitales, del 1º de enero de 2024 al 25 de septiembre de 2024 se han registrado 71 casos de mujeres asesinadas.
Los datos
En menos de dos años Oaxaca pasó de ser el cuarto lugar por feminicidios a nivel nacional al lugar número 19 prácticamente su “erradicación” en las cifras.
Si se contrastan las cifras oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) con las del Grupos de Estudios Sobre la Mujer Rosario Castellanos GESMujer de enero a septiembre, la Fiscalía de Oaxaca investigó como feminicidio sólo el 15.49 por ciento de las muertes violentas de mujeres.
A pesar de que Oaxaca es la entidad más robusta en la tipificación del feminicidio en su Código Penal al considerar nueve causales, otras entidades como Aguascalientes sólo contemplan tres.